Acoso sexual en el trabajo — Ley Karin
Si sufriste acoso sexual en tu trabajo, la Ley Karin (21.643) obliga al empleador a investigar en 30 días. Calcula gratis cuánto arriesga el empleador en multas y cuánto puedes demandar vía tutela laboral (Art. 489 CT).
Confidencial: tu denuncia interna debe ser tratada con reserva por el empleador (Art. 211-A CT). Si la empresa filtra tu identidad o toma represalias, también es infracción a la Ley Karin con multa adicional. Conserva todo registro escrito (emails, mensajes).
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Preguntas frecuentes sobre acoso sexual en el trabajo
¿Qué cuenta como acoso sexual en el trabajo?
El Art. 2 inc. 2° del CT (modificado por Ley Karin 21.643) define acoso sexual como cualquier requerimiento de carácter sexual no consentido que amenace o perjudique la situación laboral o las oportunidades de empleo. Incluye contacto físico no deseado, insinuaciones reiteradas, mensajes de contenido sexual, exhibición de material erótico, comentarios sobre el cuerpo o la vida sexual.
¿Tiene que ser de un superior para que cuente?
No. La Ley Karin protege contra acoso sexual de cualquier persona en el lugar de trabajo: jefe, par, subordinado, cliente, proveedor o tercero. El empleador es responsable de prevenirlo y tiene la obligación de investigar la denuncia en 30 días sin importar quién sea el denunciado.
¿Cuánto puedo ganar en juicio si demando por acoso sexual?
Vía tutela laboral del Art. 489 CT: indemnización por años de servicio + recargo de 6 a 11 sueldos según la gravedad del daño a tu integridad física y psíquica. Si además fue causal de tu despido, se suma el Art. 168 CT. Las multas administrativas (hasta 60 UTM) las cobra la DT, no el trabajador.
¿Cuál es el plazo para denunciar acoso sexual?
La denuncia interna a la empresa puede hacerse en cualquier momento, pero idealmente apenas ocurren los hechos para que la investigación tenga prueba. Para procedimiento expedito en la Inspección del Trabajo, los hechos deben haber ocurrido en los últimos 60 días hábiles. Para demanda judicial vía tutela laboral, el plazo es 60 días hábiles desde el último acto.
Estimación referencial basada en el Código del Trabajo de Chile (valores 2026). No constituye asesoría legal y no reemplaza la opinión de un abogado habilitado. Tus datos sólo se usan para conectarte con el profesional que aceptaste, no se publican.