Demandar despido por Art. 160 injustificado
Si te despidieron invocando el Art. 160 (causal disciplinaria) y crees que no hubo causal real, puedes demandar y obtener tu indemnización con recargo del 50% al 80% (Art. 168 CT). Calcula gratis cuánto sería.
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Preguntas frecuentes sobre despido por Art. 160
¿Qué es el Art. 160 del Código del Trabajo?
Es el artículo que lista las causales disciplinarias por las que el empleador puede despedir sin pagar indemnización: falta de probidad, vías de hecho, injurias, conducta inmoral, no asistencia, abandono, incumplimiento grave de obligaciones del contrato. Para usarlo, el empleador debe poder probar la causal en juicio.
¿Cuánto me pagan si gano la demanda por Art. 160 injustificado?
Si el tribunal declara que el Art. 160 fue injustificado o indebido, te pagan la indemnización por años de servicio (1 mes por año, tope 11 años) + recargo del 50% al 80% según gravedad (Art. 168 CT). También indemnización sustitutiva de aviso previo (Art. 162) y feriado proporcional pendiente.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar?
60 días hábiles desde la fecha del despido (Art. 168 inc. final CT). Pasado ese plazo, prescribe la acción y ya no puedes reclamar. Los 60 días se suspenden si reclamas administrativamente en la Inspección del Trabajo, hasta máximo 30 días adicionales.
¿Necesito abogado para demandar?
En la Inspección del Trabajo (DT) puedes reclamar sin abogado. Para juicio laboral en tribunal sí necesitas patrocinio de abogado. Hay abogados que cobran a éxito (sin pago si pierdes) — JurisBot te conecta con uno de tu región sin costo.
Estimación referencial basada en el Código del Trabajo de Chile (valores 2026). No constituye asesoría legal y no reemplaza la opinión de un abogado habilitado. Tus datos sólo se usan para conectarte con el profesional que aceptaste, no se publican.