Permisos laborales pagados en Chile: fallecimiento, matrimonio y nacimiento
Respuesta corta: además de tus vacaciones, la ley te da permisos especiales pagados por hechos de la vida: muerte de familiares, matrimonio o acuerdo de unión civil, y nacimiento de un hijo. Son días adicionales que el empleador no puede negar ni descontar.
Permisos por fallecimiento (Art. 66)
| Fallecimiento de… | Días de permiso pagado |
|---|---|
| Hijo, o cónyuge / conviviente civil | 7 días corridos |
| Padre o madre, o hijo en período de gestación | 3 días hábiles |
Matrimonio o acuerdo de unión civil (Art. 207 bis)
Tienes derecho a 5 días hábiles continuos de permiso pagado con motivo de tu matrimonio o de la celebración de un acuerdo de unión civil. Debes avisar con anticipación y usarlo dentro del plazo legal en torno a la fecha del evento.
Nacimiento de un hijo (Art. 195)
El padre tiene derecho a 5 días pagados por el nacimiento de un hijo, que puede usar desde el parto. Esto es adicional a los descansos pre y postnatal de la madre y al permiso postnatal parental.
Consulta tu duda laboral con JurisBotPreguntas frecuentes
¿Cuántos días de permiso por fallecimiento de un hijo o cónyuge?
7 días corridos de permiso pagado por la muerte de un hijo o del cónyuge o conviviente civil.
¿Y por la muerte de mi padre o madre?
3 días hábiles de permiso pagado. También aplica por la muerte de un hijo en período de gestación.
¿Cuántos días de permiso por matrimonio?
5 días hábiles continuos por matrimonio o acuerdo de unión civil.
¿El padre tiene permiso por el nacimiento de un hijo?
Sí, 5 días pagados, adicionales a los descansos de la madre.
¿Estos permisos se descuentan del sueldo?
No. Son permisos pagados que el empleador no puede negar ni descontar de tu remuneración.
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