Dictamen Feriado Proporcional DT
El feriado proporcional se calcula en días hábiles y se paga al término del contrato.
Texto completo de la norma
La Dirección del Trabajo ha dictaminado que el feriado proporcional debe calcularse considerando los días hábiles que corresponderían proporcionalmente al período trabajado, pagándose la remuneración íntegra correspondiente al término del contrato por cualquier causa.