Normativa Laboral pública

Art. 70 CT

Feriado proporcional al terminar el contrato.

Texto completo de la norma

El trabajador cuyo contrato termine antes de completar el año de servicio que da derecho a feriado, percibirá una indemnización por el feriado en proporción al tiempo que medie entre su contratación o la fecha en que enteró la última anualidad y el término de sus funciones.

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