Normativa Laboral pública

Art. 69 Ley 16.744

Responsabilidad del empleador por accidentes debidos a culpa o dolo.

Texto completo de la norma

Cuando el accidente o enfermedad se deba a culpa o dolo del empleador o de un tercero, el trabajador o sus causahabientes podrán reclamar las indemnizaciones civiles correspondientes, sin perjuicio de las prestaciones del seguro social contra accidentes del trabajo.

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