Art. 456 CT
Sana crítica: tribunal aprecia prueba libremente con límites legales.
Texto completo de la norma
El tribunal apreciará la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, expresando las razones jurídicas y simplemente lógicas, científicas, técnicas o de experiencia en cuya virtud les asigne valor o las desestime. Al hacerlo, deberá tomar en especial consideración la multiplicidad, gravedad, precisión, concordancia y conexión de las pruebas o antecedentes del proceso.